Caja de Valores

Oficios judiciales

Requisitos para Oficios Judiciales

Requisitos para la presentación de Oficios Judiciales

Los únicos canales habilitados para el diligenciamiento de comunicaciones judiciales que tengan como destinataria a cualquiera de las empresas del grupo BYMA (Bolsas y Mercados Argentinos S.A. - Caja de Valores S.A. - Tecnología de Valores S.A. - Instituto Argentino de Mercado de Capitales S.A.) son los siguientes, a saber:

Los pedidos de informes y/u oficios librados por Juzgados pertenecientes al fuero Nacional o Federal, deberán remitirse utilizando la funcionalidad “Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos (DEOX)”, los que serán respondidos directamente al expediente, a través de la plataforma mencionada.

Los pedidos de informes y/o las piezas judiciales libradas por órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, deben remitirse mediante el uso del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la Suprema Corte (SCBA) – mecanismo de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos al domicilio: legales@caja-valores.notificaciones, los que serán respondidos directamente al expediente a través de la plataforma mencionada.

Los requerimientos de información o instrumentos judiciales que no se encuentren comprendidos dentro de las funcionalidades de diligenciamiento electrónico referidas (otras provincias) deberán ingresar, exclusivamente a través del portal disponible en la página web institucional, el Oficio Ley 22.172 firmado ológrafa o digitalmente por Juez y Secretario según corresponda, los que serán respondidos directamente al expediente.

Requisitos de contenido de información

Los oficios que ordenen transferencias de valores deberán contar, como mínimo, con la siguiente información:

Datos de nominatividad del beneficiario de la transferencia que se ordena, que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 24.587 y su Decreto Reglamentario 259/96 son:

* Para PERSONAS HUMANAS el nombre y apellido completos, domicilio, nacionalidad, tipo y número de documento y CUIT.

* Para PERSONAS JURÍDICAS la denominación social, nacionalidad, datos de inscripción registral, sede social o domicilio legal y CUIT.

Datos de los valores a transferir:

a) Denominación de la especie. b) Cantidad a transferir. c) Informar si la transferencia incluye eventuales importes en dinero por dividendos, amortizaciones, rentas, etc.

Si el oficio ordena transferir valores a una subcuenta comitente abierta a través de un depositante (ALyC o Banco), deberá informarse el depositante, el número de la subcuenta comitente y el detalle de su titularidad de acuerdo con los datos arriba aludidos.

Si el beneficiario de la transferencia fuese una persona diferente del beneficiario original a cuyo nombre se hubiese tramitado la acreditación, deberá aclararse el carácter de aquél (apoderado, cesionario, heredero, etc.).

IMPORTANTE: la información arriba señalada es de carácter general para todos los oficios que se diligencien. Otra información adicional podrá ser requerida en virtud del análisis del oficio en particular.

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